El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró hoy infundado los recursos de apelación presentados por las empresas operadoras Telefónica del Perú y Entel, y confirmó las multas que le fueran impuestas en primera instancia por 663.2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a dos millones 918,080 soles.
Mediante la resolución de Consejo Directivo 174-2021-CD/Osiptel, publicada hoy en el diario El Peruano, el ente regulador confirmó la aplicación de las multas por 120 UIT (528,000 soles) y 280 UIT (1 millón 232,000 soles) por objetar indebidamente 111,463 consultas previas, mecanismo que permite al concesionario receptor verificar en tiempo real la viabilidad de un eventual procedimiento de portabilidad, y 38,643 solicitudes de portabilidad realizadas por los usuarios de Telefónica.
Se tratan de infracciones tipificadas como graves y muy graves respectivamente, en el Texto Único Ordenado (TUO) del reglamento de Portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija, señaló.