Estamos a puertas de iniciar un nuevo año gregoriano, y con ello, crece la expectativa por saber qué feriados largos nos depara el 2023 para el sector público. En la siguiente nota conocerás dichas fechas, para que vayas haciendo los “arreglos necesarios” por si deseas viajar o salir en familia.
Según el Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se dispone también una fecha para el año 2024.
Esta disposición decreta como días no laborales, que para fines tributarios son considerados hábiles, a los siguientes:
- Lunes 2 de enero de 2023
- Viernes 28 de abril de 2023
- Viernes 30 de junio de 2023
- Jueves 27 de julio de 2023
- Lunes 9 de octubre de 2023
- Jueves 7 de diciembre de 2023
- Martes 26 de diciembre de 2023
- Martes 2 de enero de 2024.
COMPENSACIÓN DE HORAS
Es importante indicar que dicho escrito precisa que, las horas dejadas de trabajar – durante los días no laborables – serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
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