Desde el lunes 26 de abril será obligatorio el uso de doble mascarilla en los locales con riesgo de aglomeración, como establecimientos comerciales y farmacias, a fin de brindar mayor protección y reducir el riesgo de contagio de la COVID-19, según norma publicada en el diario oficial El Peruano.
Según el Decreto Supremo 083-2021-PCM el uso de la doble mascarilla será obligatorio en centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas y farmacias; recomendándose, además, el uso adicional del protector facial en estos establecimientos.
La norma anterior obligaba el uso de mascarilla y protector facial en dichos establecimientos comerciales, pero con el nuevo decreto, a partir del 26 de abril, y en todas las regiones del Perú, solo se podrá ingresar a estos lugares con doble mascarilla y con la opción del escudo facial como elemento adicional de protección. Asimismo, se mantiene la obligación del uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.